ORDENA JUEZ FEDERAL ATENCIÓN MÉDICA INMEDIATA A DOÑA JUANITA Y DORAMINDA, MADRES DE FAMILIA QUE NUNCA TUVIERON ATENCIÓN MÉDICA

ORDENA JUEZ FEDERAL ATENCIÓN MÉDICA INMEDIATA A DOÑA JUANITA Y DORAMINDA, MADRES DE FAMILIA QUE NUNCA TUVIERON ATENCIÓN MÉDICA

18 mayo, 2022 0 Por El Informativo Tam

El Poder Judicial de la Federación ordenó a través del Juzgado de Distrito a las autoridades locales municipales, estatales y federales en materia administrativa y de salud brindar atención médica inmediata en un plazo de 24 horas a la señora Juana Islas Vázquez, habitante del lote 64 de Pueblo Viejo que presenta un grave padecimiento de úlceras varicosas, y que en muchos años no recibió atención.

 

De igual manera, la resolución judicial  ordena que la señora Doraminda Aradillas Campos, una madre invidente que debe trasladarse diariamente al sur de Tamaulipas para mantener a sus dos pequeños hijos, reciba por igual atención médica.

 

El documento 628/2022 dictamina que deberá recibir la atención médica especializada de manera urgente además de los medicamentos que requiera y facilitarle su acceso a los servicios especializados.

 

La solicitud de amparo fue presentada el viernes pasado por el despacho jurídico del Dr. En Derecho, Eustacio Reyes Hernández, quien se encargó personalmente de atender a las dos personas en situación vulnerable, al conocer la historia a través de las redes sociales de City Channel.

 

 “Con fundamento en los artículos 15 y 126 de la Ley de Amparo, se decreta de oficio y de plano la suspensión respecto de los actos reclamados para el efecto de que las autoridades responsables de manera inmediata deberán otorgar la atención médica que resulte necesaria de conformidad con los padecimientos de que se duele y la práctica de estudios especializados y/o el tratamiento clínico y suministro de medicamentos necesarios para velar por su salud, además de realizar cualquier otra medida de carácter urgente que se estime necesaria para lograr tal propósito”, detalla la resolución.

 

Lo anterior, tomando en consideración que en términos del artículo 4 de la Constitución de la República Mexicana, el derecho a la protección a la salud, es inherente a todo ciudadano, sin distingo alguno y que todas las autoridades están obligadas a efectuar las acciones pertinentes para garantizar ese derecho, es por lo que el juzgado de Distrito considera que ponderando la circunstancia del caso,  es procedente  pronunciar la medida cautelar en los términos indicados, dio a conocer el especialista en derecho.